LAS BIBLIOTECAS POPULARES EN PELIGRO

En las últimas horas se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 345/25 en el cual, entre otras cuestiones, la Conabip deja de ser un Ente Autárquico y pasa a depender de la Secretaría de Cultura de la Nación, lo que inevitablemente traerá aparejado un desfinanciamiento a las Bibliotecas Populares adheridas a la CONABIP, entre las cuales se encuentra nuestra José Pedroni.

El Decreto modifica la Ley N° 23.351 de Bibliotecas Populares del año 1.986 que establece el apoyo y el fomento de las BP y se creó con el objeto de promover la lectura, la educación, la cultura y la investigación.

La Conabip -dependiente del Ministerio de Cultura, hasta ahora- fue creada por la Ley 419 del 23 de septiembre de 1870, impulsada por Domingo Faustino Sarmiento.

Los principales cambios que implementa el Decreto 345 son los siguientes:

ARTÍCULO 8°- Sustitúyese el artículo 7° de la Ley
N° 23.351 por el siguiente:
“ARTÍCULO 7°- La SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a través de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, será la autoridad de aplicación de la presente ley en todo el territorio de la Nación”

ARTÍCULO 9°- Sustitúyese el artículo 8° de la Ley
N° 23.351 por el siguiente:
“ARTÍCULO 8°.
– La Comisión Nacional Protectora tendrá a
su cargo orientar y ejecutar la política gubernamental para la promoción de la lectura popular y el desarrollo de las Bibliotecas Populares”.

ARTÍCULO 10.- Sustitúyese el artículo 11 de la Ley
N° 23.351 por el siguiente:
“ARTÍCULO 11.- Créase la Junta Representativa de Bibliotecas Populares, cuyos miembros actuarán con carácter ad honorem asesorando a la Comisión Nacional Protectora para la canalización de los requerimientos provinciales y locales en la formulación de los planes de acción y la coordinación de actividades”.

ARTÍCULO 11.- Instrúyese a la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a conformar un Consejo Asesor ad honorem integrado por un máximo de CINCO (5) expertos en el quehacer bibliotecario y cultural, que actuará como órgano de consulta no vinculante de la unidad organizativa a crearse conforme lo dispuesto por el artículo 2° del presente decreto.

Como se observa, el futuro de las Bibliotecas Populares está seriamente comprometido, dado que el aporte de CONABIP tiene una fuerte incidencia en sus presupuestos.  

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.

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